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Estimador orientativo de pensión de alimentos (tablas del CGPJ)

La lógica de las tablas del CGPJ es la del artículo 146 del Código Civil: primero se fija el coste mensual ordinario de los hijos y después se reparte entre los progenitores en proporción a sus ingresos netos. Con datos oficiales de 2026 y el desglose completo, línea a línea.

CalculadoraFamilia, Salud y EmbarazoDatos de 2026
Madre abrazando a sus dos hijos en el sofá de casa

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Los valores cargados son un ejemplo. Sustitúyelos por los tuyos: el resultado se actualiza al instante.

Resultado

Pensión mensual orientativa: 381,82 €

Ingresos netos conjuntos3.300,00 €
Número de hijos2
Parte proporcional del progenitor no custodio54,5 %
Coste mensual ordinario de los hijos (editable, sin vivienda ni educación)700,00 €
Cómo se reparteEn custodia monoparental, el no custodio abona su parte proporcional del coste ordinario de los hijos.
Pensión mensual orientativa381,82 €
Pensión anual orientativa4.581,82 €
Pensión por hijo al mes190,91 €

Resultado estimado con los parámetros de 2026. Verifica tu caso oficial con la fuente citada en esta página.

Cómo funciona

La lógica de las tablas del CGPJ es la del artículo 146 del Código Civil: primero se fija el coste mensual ordinario de los hijos y después se reparte entre los progenitores en proporción a sus ingresos netos. En custodia monoparental, el progenitor no custodio abona su parte proporcional del coste (el custodio aporta la suya conviviendo). En custodia compartida, el reparto se corrige por los días que los hijos pasan con cada uno: paga la diferencia quien debe aportar más de lo que ya gasta en su tiempo de convivencia. El coste de los hijos se introduce como campo editable, porque las tablas lo modulan por ingresos, número de hijos y lugar de residencia.

Las tablas del CGPJ nacieron para que dos juzgados de provincias distintas no fijaran pensiones radicalmente diferentes para familias parecidas. Su método es transparente: estiman cuánto cuesta mantener a los hijos y lo reparten en proporción a los ingresos, que es exactamente lo que manda el artículo 146 del Código Civil.

Lo que las tablas dejan fuera y tú no debes olvidar

Vivienda y educación se ponderan aparte, y en la práctica pueden mover la pensión tanto como la propia tabla. Si los hijos viven en la vivienda familiar propiedad del otro progenitor, o hay colegios con cuotas relevantes, el resultado orientativo de esta herramienta es solo el suelo de la negociación.

Introduce en el campo de coste tu mejor estimación del gasto ordinario real (alimentación, ropa, transporte, material, ocio básico) si la tienes: la proporcionalidad hará el resto del trabajo.

Ejemplo calculado con esta misma herramienta

Con los valores de ejemplo cargados en la herramienta (6 datos de ejemplo), el resultado es: Pensión mensual orientativa: 381,82 €. Este ejemplo no está escrito a mano: lo ha calculado el mismo motor que acabas de usar, con los mismos parámetros de 2026. Cambia cualquier dato y tanto tu resultado como el desglose se recalculan al momento.

Nota 2026. Consejo General del Poder Judicial: tablas orientadoras y aplicación oficial de pensión de alimentos (poderjudicial.es), construidas con datos del INE, y artículos 142 a 146 del Código Civil (proporcionalidad entre medios y necesidades). El propio CGPJ advierte de que sus tablas son orientativas: la cuantía la fija el juez o el convenio. Las tablas oficiales excluyen los gastos de vivienda y de educación, que se ponderan aparte. Revisado en octubre de 2026. Los resultados son estimaciones: no sustituyen el cálculo oficial ni el consejo de un asesor, una gestoría o un profesional sanitario.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto sale la pensión con 1.800 € y 1.500 € de ingresos?

Con un coste ordinario estimado de 700 € al mes para dos hijos en custodia monoparental, el reparto proporcional da unos 382 € al mes a cargo del progenitor no custodio: es el 54,5 % del coste, el mismo porcentaje que sus ingresos representan en el total. Es el ejemplo que calcula esta herramienta.

¿Las tablas del CGPJ son obligatorias?

No. El propio Consejo General del Poder Judicial las presenta como orientadoras para homogeneizar criterios. El juez puede apartarse de ellas por las circunstancias del caso: necesidades especiales, vivienda familiar, nivel de vida previo u otros hijos.

¿Qué gastos no incluyen las tablas?

Los de vivienda (alquiler o hipoteca del domicilio de los hijos) y los de educación, que el CGPJ deja fuera para ponderarlos en cada caso, y los gastos extraordinarios (médicos no cubiertos, gafas, ortodoncias), que suelen repartirse al 50 % aparte de la pensión.

¿En custodia compartida también hay pensión?

Puede haberla. Si los ingresos son parecidos y el tiempo está equilibrado, la diferencia sale cercana a cero. Si un progenitor gana mucho más, compensa al otro con la diferencia entre su parte proporcional del coste y lo que ya gasta en su tiempo de convivencia, como calcula esta herramienta.

¿La pensión se actualiza?

Sí, cada año con el IPC, salvo que el convenio o la sentencia fijen otro índice. También puede modificarse judicialmente si cambian de forma sustancial los ingresos o las necesidades.

¿Existe una pensión mínima por hijo?

No hay una cifra legal única. Los juzgados manejan mínimos vitales cuando los ingresos son muy bajos, y las propias tablas del CGPJ no se aplican de forma directa con ingresos del obligado inferiores a unos 700 € mensuales.

¿La pensión cubre los gastos extraordinarios?

No. Se pagan aparte, normalmente al 50 %, y deben ser necesarios y, si es posible, consensuados o autorizados. Guarda facturas: son la prueba habitual en caso de conflicto.

¿Se puede pactar una pensión distinta a la de las tablas?

Sí. En el convenio regulador de mutuo acuerdo los progenitores pueden fijar la cuantía que consideren, y el juez la aprueba si protege el interés de los menores.

¿Hasta qué edad se paga la pensión?

Hasta que el hijo es económicamente independiente. La mayoría de edad no la extingue automáticamente si el hijo estudia o busca empleo sin ingresos suficientes.

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